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Los elementos de separación verticales con puertas, entre una unidad de uso y cualquier recinto habitable o protegido del edificio deben cumplir con un aislamiento acustico RA ≥ 50 dBA
Todos los elementos de la tabla 3.2 del DB-HR tienen un aislamiento acustico RA mayor que 50. Por lo tanto, todos los elementos de la tabla 3.2 son también validos en el caso de particiones que tienen puertas o ventanas
Aparte, el recinto del ascensor debe tener un aislamiento acustico RA ≥ 50 dBA, si el ascensor tiene cuarto de máquinas y si tiene la maquinaria incorporada en el recinto del ascensor, se recomienda que el aislamiento acustico RA sea al menos 60 de dBA. Si para el recinto del ascensor se emplean elementos de tipo 1 trasdosados sólo por una cara, debe tenerse en cuenta que RA (e. base+trasdosado) = RA e. base + ΔRA trasdosado ≥ 50 ó 60 dBA, según el caso.
A pesar de que en el Documento Basico de Protección frente al Ruido (DB-HR) no se citan el resto de exigencia respecto a otros Documentos Básicos, se recuerda que deben comprobarse los elementos divisorios respecto al Documento Básico de Seguridad Estructural. Amortiguadores acusticos. Silentblocks